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Objetivos
OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN
OBJETIVOS GENERALES DE LA INSTITUCIÓN DEL DEFENSOR DEL PUEBLO DE NAVARRA EXPUESTOS ANTE LA COMISIÓN DE RÉGIMEN FORAL DEL PARLAMENTO DE NAVARRA EL 7 DE NOVIEMBRE DE 2007
I.SOBRE LA ACTIVIDAD EN GENERAL.
1.El primero objetivo propuesto, y ya logrado, ha consistido en asegurar que el traspaso en la titularidad de la Institución producido en marzo de 2007 afectara lo menos posible el funcionamiento de ésta. En este punto, tengo que agradecer sinceramente a mi predecesora, María Jesús Aranda Lasheras, y a su equipo, su profesionalidad, atención y buen hacer, así como su trabajo durante seis años, que han permitido constituir y consolidar la Institución, realizar un traspaso que ya tuve ocasión de calificar de ejemplar y facilitar el trabajo de su nuevo titular.
2.La Institución del Defensor del Pueblo de Navarra se ha revelado como un medio útil para cubrir en estos seis años tres importantes áreas de actividad al servicio de los ciudadanos de Navarra:
-Para atender sus quejas frente a posibles abusos o negligencias de las Administraciones Públicas de Navarra, tanto la local como la foral, en cualesquiera de sus manifestaciones orgánicas o de personificación, pública o privada, área que, como señala la propia Ley Foral reguladora del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral constituye su función primordial.
-Para hacer llegar al Parlamento de Navarra, al Gobierno de Navarra y a las Administraciones Públicas, bien mediante informes especiales bien mediante medios más abreviados, recomendaciones, sugerencias y propuestas de cómo mejorar el ejercicio de los derechos de las personas o la prestación de los servicios públicos con mayor incidencia en la población, con una especial atención a los sectores más desprotegidos, como son los menores de edad, las personas mayores, los discapacitados, enfermos, etcétera.
-Para atender consultas de los ciudadanos sobre el ejercicio de sus derechos reconocidos y amparados por las leyes, y, a partir de ahí, poder aconsejarles de adónde encaminar sus pasos en caso de formular reclamaciones, acciones judiciales o administrativas, cuando no sean competencia del Defensor del Pueblo de Navarra, bien sea al Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales, bien a otras entidades u órganos, como la Junta Arbitral de Consumo, las juntas electorales en el caso de elecciones, bien a juzgados y tribunales de justicia en el caso de relaciones inter privatos, e incluso para aclararles dudas o incorrectas apreciaciones sobre sus derechos ante actuaciones administrativas.
-Como institución de autoridad en la emisión de informes en las áreas de su competencia a solicitud del Parlamento de Navarra y de las Administraciones Públicas de Navarra.
Podría añadirse una quinta área, a la que mi predecesora dedicó la Institución, cual es convertir el Defensor del Pueblo en una entidad de evaluación de la calidad de los servicios públicos de aquellas entidades locales con las que celebró los oportunos convenios de colaboración, a través de los denominados ?pactos locales por los derechos de los ciudadanos?.
Sin embargo, creo que es necesaria una reflexión sobre este papel adicional de la Institución que no lo desarrollan otras instituciones análogas. La aprobación de la Ley Foral de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios Públicos, con la creación de una Comisión para la Evaluación de las mismas y la potenciación y fomento de los métodos de autoevaluación de la calidad de los servicios públicos que desde esa ley foral se derivan, y la creación por el Estado de la Agencia para la Evaluación de la Calidad, me llevan al convencimiento de depositar los esfuerzos de evaluación en los organismos creados por esta Ley Foral tan reciente y reconducir la actividad de la Institución a la consolidación de las cuatro primeras principales áreas de actividad mencionadas, no precisando más recursos humanos, materiales o económicos para el desarrollo de una actividad añadida que la Ley Foral del Defensor del Pueblo de Navarra no contempla o, al menos, no lo hace expresamente.
El momento de constitución de los nuevos municipios y del Gobierno de Navarra tras las elecciones de mayo de 2007, así como el relevo en la Institución, me han parecido un momento adecuado para concluir en este punto la etapa anterior, sin perjuicio de hacer un seguimiento de la aplicación de la mencionada Ley Foral de Evaluación o de recomendar a las Administraciones Públicas de Navarra, cuando sea preciso, un mayor uso de las técnicas de evaluación de las políticas públicas y de la autoevaluación de la calidad de los servicios públicos que prestan.
3.Ya centrados en el ámbito de las quejas, cuya atención es la esencia de la Institución, el objetivo perseguido desde la toma de posesión del actual titular ha consistido en agilizar lo máximo posible su resolución.
Así, del 22 de marzo al 30 de octubre de 2007 se han cerrado 331 quejas, lo que supone un incremento del 52% respecto a las 218 que se cerraron en el mismo periodo del año 2006. Durante este mismo periodo, han entrado 263 quejas, en comparación con las 281 del mismo periodo anterior (un 6,4% menos), y el número de quejas pendientes, esto es, abiertas y todavía en estudio se ha rebajado de 188 a 122 (-35%).
4.Una Institución más ágil.
Otro objetivo inmediato ha consistido en simplificar la tramitación de las quejas sin merma de las garantías de los ciudadanos, ni sin que se resintieran la calidad o el rigor del criterio aplicado para su resolución.
Para que la Institución goce de prestigio entre los ciudadanos ha de reunir al menos tres notas: ser ágil, ser justa y ser eficaz.
Con la finalidad de garantizar la agilidad, se han adoptado dos medidas, amén de otras más internas:
Por un lado, se ha procedido a inadmitir a limine aquellas quejas que desde un inicio se observa que carecen de fundamento o en las que no se aprecia ninguna irregularidad administrativa con lesión de un derecho, posibilidad que admite la Ley Foral reguladora de la Institución, con una doble finalidad: no mantener innecesariamente en el ciudadano expectativas de prosperabilidad de la queja cuando se observa desde un principio que no hay posibilidad de que prospere, y no sobrecargar con informes innecesarios la actividad de la Administración supervisada por causa de estas quejas infundadas. Esto ha aumentado la cifra de inadmisiones por no existir irregularidad apreciable a un 23,3%. El número total de inadmisiones por todas las causas ronda el 43%.
Por otro, se ha reducido el número de veces en que se solicitaba el informe inicial a las Administraciones Públicas. Si, además, de la petición primera se añadían hasta tres peticiones más, con ello sólo se lograba alargar la investigación de modo innecesario en perjuicio del ciudadano y no por insistir se obtenía una más pronta respuesta de la Administración. Ahora, se realiza una petición del informe inicial, como lo prevé la Ley Foral, se reitera la petición y, ante el incumplimiento de las dos peticiones, y sin perjuicio de gestiones oficiosas, se entra a resolver el fondo del asunto a partir de los hechos que le constan a la Institución y de dar una presunción de veracidad a los hechos expresados en la queja por la persona que los formula, en cuanto el órgano administrativo incumplidor no ha querido demostrar lo contrario.
5.En esta línea de simplificar y agilizar la tramitación de las quejas, se ha potenciado la utilización de internet para su presentación, tratando de eliminar pasos innecesarios y de hacer más accesible, ágil y cómoda la presentación de las quejas.
Así, durante el año 2006 se presentaron por internet un 7,9 % del total de las quejas, mientras que, en el año 2007, el porcentaje ha aumentado al 24,3 %, es decir, se ha triplicado, siendo de prever que todavía crezca más en los próximos años conforme aumente el uso de las tecnologías de la información (actualmente, alrededor del 40% de la actividad en Navarra se realiza por este medio).
6.Una Institución más justa.
Para que la Institución sea más justa, se ha buscado lo que hemos dado en llamar la ?juridificación? de las quejas, esto es, dar un tratamiento jurídico a las que tienen un mayor contenido sustantivo y resolver sus pretensiones con criterios legales claros y mantenidos, en línea con las jurisprudencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, sobre todo, y del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos, excluyendo, por tanto, cualquier criterio dudoso o criticable por su subjetividad.
De este modo, se aumenta el rigor en el examen de las quejas y las resoluciones de la Institución se cargan de la necesaria autoridad moral y jurídica con la que se diseñó la figura del Ombudsman en sus comienzos.
7.Una Institución más eficiente.
Pero, sin duda, al menos para el titular de la Institución, uno de los objetivos esenciales consiste en hacer de la Institución un instrumento realmente útil y eficaz en su misión de garantía de sus derechos subjetivos públicos frente a las lesiones que les puedan causar las Administraciones Públicas navarras.
La Institución ha perseguido desde un primer momento el objetivo de aumentar el porcentaje de resoluciones aceptadas por la Administración cuando entienda que se ha podido lesionar el derecho de un ciudadano amparado por el ordenamiento. Ese va a seguir siendo uno de los esfuerzos principales y, en tal sentido, pide el apoyo del Parlamento de Navarra, del Gobierno de Navarra y de los municipios en tales casos limitados.
A fecha de hoy la media de recomendaciones y sugerencias aceptadas se sitúa en tres de cada cuatro (un 75%), lo cual da prueba del acierto y aceptación de sus decisiones y de una mayor colaboración por las Administraciones supervisadas.
8.En esta línea de potenciar la eficiencia de la Institución en su labor ante los ciudadanos y de medir de forma objetiva ese valor, y como una medida más, se ha procedido a redactar, con la imprescindible participación del personal de la Institución, la Carta de Servicios del Defensor del Pueblo de Navarra. La Carta da información a los ciudadanos de los servicios que presta la institución en sus relaciones con ellos, incorpora compromisos para una mejor prestación de estos y fija indicadores que permiten valorar la calidad de esos servicios y grosso modo su eficiencia y eficacia. La aprobación de la Carta de Servicios se ha pospuesto hasta el momento de dar en este acto la necesaria información al Parlamento de Navarra sobre la voluntad de llevarla a cabo. Tienen en la carpeta un ejemplar de dicho documento para su información.
II.SOBRE LA COMUNICACIÓN Y CONOCIMIENTO DE LA INSTITUCIÓN.
9.Con motivo de la toma de posesión del cargo, se pudo constatar ?así lo manifestaron los medios de comunicación- que existía un riesgo de que la Institución fuera o poco conocida entre los ciudadanos o que la percepción por estos de su función institucional no se correspondiera con la que le otorga la Ley Foral reguladora del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra.
Para potenciar el conocimiento entre los ciudadanos de la institución, de hacerles conocer mejor su función precisa de autoridad de persuasión que supervisa la actividad de las Administraciones Públicas de Navarra, así como sus límites competenciales, y de ilustrar sobre el modo de dirigirse a ella de una forma directa y eficaz, se asumió el objetivo de potenciar la figura del Defensor del Pueblo de Navarra ante los ciudadanos mediante dos medios:
-Una campaña de publicidad institucional en la prensa navarra. Esta campaña se desarrolló mediante la introducción de un anuncio en los periódicos Diario de Navarra y Diario de Noticias, que se publicó en cada uno de ellos durante cuatro días, en los meses de abril y mayo de 2007. Con posterioridad, se observó un ligero aumento ?no tanto como el esperado- de las quejas y de las consultas, pero sí que se notó un mayor uso de internet para presentar las quejas y del teléfono para realizar las consultas, como ya he indicado.
-Un balance de los seis primeros meses de la Institución desde la toma de posesión del actual titular, para exponer a los medios de comunicación cuáles eran las quejas que presentan los ciudadanos, qué temas les preocupan, cuáles son los aspectos que más se consultan, a qué Administraciones se dirigen sobre todo las quejas, el grado de aceptación de la institución, etcétera. El acierto de la medida se mide por la concurrencia de doce medios de comunicación, entre prensa, radio y televisión, y aconseja la conveniencia de repetir la experiencia con cierta periodicidad mientras suscite interés.
10.Asimismo, se renueva y actualiza permanentemente la página web de la Institución, en donde puede encontrarse una completa información sobre sus funciones, organización, normas aplicables, resoluciones dictadas, informes, agenda del titular de la Institución, y enlaces con instituciones afines. De este modo, la página web constituye el escaparate de la Institución ante los ciudadanos y el reflejo actualizado periódicamente de su principal actividad, con la transparencia que a toda institución democrática debe exigírsele.
11.En todo caso, se considera necesario para el futuro proceder a realizar periódicamente (tal vez, una por año sea suficiente) campañas como la realizada en la prensa local que expliquen la actividad de la institución y el modo de utilizarla por quienes así lo consideren oportuno.
12.Al servicio del mencionado objetivo de incrementar la eficacia de la Institución, también se considera conveniente:
-Realizar alguna jornada institucional que explique a los funcionarios de las Administraciones Públicas de Navarra el modo de actuación de la Institución y de relacionarse con ellas, de tal modo que se perciba a la Institución como una autoridad en el campo de la interpretación y supervisión de los derechos fundamentales y de las libertades públicas y se dé a sus decisiones la relevancia que innegablemente tienen. Si necesario es que los ciudadanos conozcan la función de la Institución, con igual o mayor razón es que los servidores públicos conozcan que tal Institución vela por los derechos de los ciudadanos y supervisa la prestación de los servicios públicos como una garantía más de su debida prestación.
-Efectuar visitas y desplazamientos a municipios por las distintas zonas de Navarra.
-Efectuar visitas a centros docentes, residencias y otros establecimientos y entidades con el fin de difundir la existencia de la Institución y su función garante de los derechos de los ciudadanos de los más débiles.
13.En todo caso, se cree muy conveniente la participación de representantes de la Institución en aquellos foros y actos, principalmente públicos, en donde se debata sobre la Institución o sobre los derechos de los ciudadanos y ciudadanas, haciendo valer, en todo caso, su independencia de criterio.
14.También se estudia la conveniencia de efectuar periódicamente estudios sobre la valoración de la Institución por los ciudadanos, con el fin de evaluar su eficiencia, de modo que, oída su opinión, se puedan incorporar sucesivas mejoras a su funcionamiento, siempre que existan las disponibilidades presupuestarias necesarias para ello.
15.En todo caso, se continuará manteniendo y mejorando el actual sistema de encuesta a las personas a las que se ha tramitado o resuelto una queja, y que permite, desde hace dos años, tener un conocimiento real de qué piensan los ciudadanos de ella. Los resultados de dichas encuestas se incorporan a los informes anuales, como se podrá ver en el de 2006. Hasta el momento, y por lo que se refiere a 2007, 7 de cada 10 personas consideran útil la Institución y la nota que obtiene la misma ronda el 6,5.
16.Como último punto de esta parte, quisiera impulsar la elaboración de un libro de carácter jurídico que estudiara la Institución, escrito por las principales autoridades científicas navarras sobre la misma, fundamentalmente profesores de la Universidad Pública de Navarra y de la Universidad de Navarra.
III. SOBRE LA ORGANIZACIÓN DE LA INSTITUCIÓN: PERSONAL Y PRESUPUESTOS.
17. Una vez tomada posesión por el titular, el primer objetivo fue cerrar la plantilla de asesores y de personal eventual.
El primer criterio utilizado para ello fue el de no aumentar la plantilla con más personal, considerándose oportuno continuar con las plazas existentes mientras no se apreciaran nuevas necesidades.
El segundo criterio empleado fue el de reajustar dicha plantilla según la nueva visión que se quería mantener. De este modo, se paso de dos Asesores Responsables a uno solo y la reconversión de esta segunda plaza en un asesor técnico.
Asimismo, se considera necesario reconvertir en la próxima plantilla orgánica ?para lo cual lo solicitaré al Parlamento de Navarra- la actual plaza de técnico superior, encargado de la información y atención a los ciudadanos que vienen personalmente a presentar sus quejas o de las consultas que se formulan, a una plaza de asesor técnico, pues muchas de las quejas que se presentan terminan siendo orientadas, contestadas o concluidas por la persona que ocupa dicha plaza, por lo que se considera más justo que dicha persona tenga igual trato jurídico que los demás asesores técnicos.
En suma, el objetivo es mantener la plantilla de asesores que se señala: un asesor responsable (en el que se concentran funciones que en otras instituciones de las Comunidades Autónomas ostentan el Adjunto o el Asesor Jefe) y cuatro asesores técnicos (dos asesores para quejas, una asesora para informes y apoyo y seguimiento de la actividad interna ?que sería nombrada secretaria general para poder relacionarse con las secretarías generales del Defensor estatal y de los defensores autonómicos - y otra asesora para la atención al público), dos de ellos resultantes de la reconversión del segundo asesor responsable y del técnico superior de la plantilla orgánica.
Además, todos los asesores, tanto el responsable como los técnicos, son Licenciados en Derecho, funcionarios públicos (salvo uno de ellos, que era quien ha venido ocupando la responsabilidad del área de información ciudadana) y conocedores de la Administración Foral o Local de Navarra, con amplia experiencia en el Derecho Constitucional o Administrativo, algunos de ellos también con experiencia docente universitaria. Con ello se ha querido reforzar el carácter jurídico y técnico que se quiere imprimir a la Institución en su papel primordial de garante objetivo, imparcial e independiente de los derechos subjetivos públicos de los ciudadanos y ciudadanas frente a la actividad de las Administraciones Públicas de Navarra.
Por último, en lo que respecta a la plantilla eventual, se ha procedido a prescindir del Jefe de Gabinete y a cubrir la Secretaría del Defensor del Pueblo de Navarra con una persona con el título de Secretariado de Dirección, experiencia acreditada en tal trabajo y méritos probados, seleccionada por una conocida empresa de recursos humanos entre distintos candidatos.
18.Por lo que se refiere a la plantilla de personal funcionario, siendo dicho personal del Parlamento de Navarra, se han mantenido las mismas plazas que existían en el momento de la toma de posesión (un técnico de gestión administrativa, dos administrativos y un ujier), con la única excepción señalada de proponer la reconversión de la plaza de Licenciado en Derecho en un asesor técnico y con la fijación ?ya aprobada por el Parlamento- de un complemento de puesto de trabajo para el puesto de técnico de gestión administrativa, que ha asumido funciones añadidas de intervención y de responsabilidad del área administrativa de la Oficina.
19.Para momentos puntuales de mayor incremento de actividad administrativa, se ha contratado temporalmente a tiempo parcial un administrativo, que ayuda a agilizar dicha actividad. Para la selección se ha elaborado una lista de personas, seleccionadas a propuesta del Servicio Navarro de Empleo y después de realizar una prueba y de tener en cuenta otros méritos objetivos.
Tanto la actividad actual como el aumento de actividad fundamentalmente administrativa derivada de las consultas, que evita la presentación de quejas infundadas o canaliza hacia otros organismos las reclamaciones sobre servicios públicos (derechos de consumidores, ámbito judicial?), recomiendan reforzar esta área de servicio al ciudadano con la creación de una plaza de administrativo, que se solicitará en su momento al Parlamento de Navarra.
En definitiva, la plantilla sigue siendo básicamente la misma que en enero de este año, con ligeros reajustes técnicos y con la única previsión de aumentar un administrativo.
20.En cuanto a los presupuestos, el objetivo a alcanzar es establecer un presupuesto ajustado a la actividad real de la Institución y, por tanto, contener el gasto en 2008. Para ello se ha solicitado un presupuesto prácticamente igual que el presupuesto inicial previsto de 2007 (-0,61%) o lo que es lo mismo, inferior en un 8,2 % respecto al presupuesto consolidado de 2007.
IV. INFORMES AL PARLAMENTO DE NAVARRA.
21.Los informes anuales y especiales representan, junto con las quejas, la segunda de las principales actividades de la Institución. Tales informes permiten explicar al Parlamento de Navarra la realidad de la actividad de las Administraciones Públicas de Navarra que contempla el Defensor del Pueblo de Navarra desde su privilegiado observatorio y valorar el funcionamiento y la calidad de los servicios públicos y el respeto de los derechos de los ciudadanos, al mismo tiempo que trasladan a las Administraciones competentes propuestas, sugerencias o recomendaciones para la mejora de los servicios que prestan.
Respecto del informe anual, los objetivos de la Institución son los siguientes:
-Presentar ante el Parlamento de Navarra el informe de 2006, toda vez que mi predecesora en el cargo no tuvo tiempo de hacerlo en el año 2007.
-Iniciar la redacción del informe anual de 2007 y presentarlo ante el Parlamento de Navarra en el primer cuatrimestre de 2008, de tal modo que la fecha límite de presentación de los informes anuales sea el 30 de abril de cada año.
-Simplificar el contenido de este informe anual, dando de una forma más breve la información sustancial sobre la actividad de la Institución referida a los problemas reales de los ciudadanos.
-Publicar estos informes en la página web de la Institución para su consulta y su difusión entre colectivos interesados, sin perjuicio de que se opte por la edición en el clásico formato papel.
22.En cuanto a los informes especiales, el propósito es parecido al anterior y, en consecuencia, simplificar su contenido para hacerlos más útiles y legibles, de tal forma que se vaya al grano del asunto que se informe y lo sustancioso se contenga en el capítulo de recomendaciones y conclusiones.
No se trata de hacer grandes y sesudos análisis y estudios de un sector con un elevado coste económico para su realización, sino de una manera ágil, propia de lo que la Ley Foral reguladora de la Institución califica de investigación informal y de supervisión, abordar distintos problemas que preocupan a los ciudadanos y proponer a la Administración destinataria y, en su caso, al Parlamento de Navarra, un haz de recomendaciones y mejoras en el funcionamiento de los servicios públicos que puedan ser valoradas por dichas instituciones.
Se considera necesario que la finalidad de estos informes no sea la crítica negativa de la actividad administrativa. No es ése el propósito de tales informes, sino el de ser un documento abierto, elaborado conjuntamente con la Administración, en cuyo contenido se encuentren, sin demagogias, propuestas y recomendaciones reales, creíbles y válidas para ella y sus funcionarios, que respondan a demandas básicas y generales de los ciudadanos, de tal forma que, como resultado de este enfoque, se potencie ?y se desee- la emisión del informe y su visión como un medio de colaboración de la Institución con la Administración, y no como un instrumento desagradable de control o censura.
23.Se propone, de una forma ambiciosa y aun a riesgo de no cumplir con todos ellos por esa amplitud, la realización y presentación al Parlamento de Navarra de los siguientes informes especiales, siendo esta una relación orientativa o de referencia, que no descarta posponer algunos de los informes según pierdan actualidad, incluir otros nuevos según surjan cuestiones más interesantes o centrarlos en aspectos de mayor trascendencia en el momento de su redacción, etcétera.
A) ASUNTOS SOCIALES Y CONSUMO:
-Informe sobre la actuación de las Administraciones Públicas de Navarra en materia de protección de menores, cuyo primer borrador fue elaborado por mi predecesora y su versión final concluida por el actual equipo con la colaboración del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (hoy, Departamento de Asuntos Sociales).
-Informe sobre los derechos de nuestros mayores: ?Una sociedad para todas las edades. Nuestros mayores también cuentan?. Igualmente, se trata de un primer borrador elaborado por mi predecesora y cuya versión final ha sido concluida, igualmente, por el actual equipo con la colaboración del Departamento de Bienestar Social, Deporte y Juventud (hoy, Departamento de Asuntos Sociales).
-Informe sobre la cartera de servicios sociales derivada de la Ley Foral de Servicios Sociales, que debe entrar en vigor en 2008, con especial atención a la calidad sustantiva de la prestación. Ya se han realizado unas primeras alegaciones al primer borrador.
-Informe sobre las inspecciones administrativas dirigidas a garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos (menores y mayores) en centros en que se encuentren internados voluntaria o forzosamente.
-Informe sobre los mecanismos existentes en Navarra para garantizar la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
B) SANIDAD:
-Informe sobre la violencia en el sector sanitario público de Navarra. Recomendaciones para hacer frente a este fenómeno. Ya se ha remitido un primer borrador al Departamento de Salud.
-Informe de propuestas sobre los derechos y deberes de los usuarios en el ámbito de la sanidad pública.
-Informe sobre los enfermos de Alzheimer. Recomendaciones para mejorar su atención por los poderes públicos de Navarra de una forma integral.
-Informe sobre inspecciones dirigidas a garantizar el respeto de los derechos fundamentales de los ciudadanos en centros sanitarios en que se encuentren internados e inmovilizados.
C) ECONOMÍA Y HACIENDA:
-Informe sobre el sistema tributario foral de Navarra (en particular, de sus impuestos directos, puesto que la capacidad normativa en cuanto a los indirectos está condicionada), desde la perspectiva del cumplimiento por la normativa foral de los principios constitucionales de universalidad, capacidad económica, justicia tributaria, igualdad, progresividad y prohibición de la confiscación. Ya se ha remitido un texto al Departamento de Economía y Hacienda para recabar su opinión.
-Informe sobre el sistema tributario local de Navarra, desde la misma perspectiva anterior.
-Informe de análisis global sobre el gasto público de la Comunidad Foral de Navarra y el cumplimiento de los principios constitucionales de asignación equitativa de los recursos públicos, eficacia y eficiencia, desde la perspectiva de los derechos de los ciudadanos. Se trata de observar a qué programas se destinan mayor volumen de recursos para poder ofrecer una sintética valoración de si responden, en líneas generales, a las principales demandas de la sociedad navarra del siglo XXI: protección de la salud, educación, vivienda, asistencia social, obras y servicios públicos, seguridad pública, etcétera.
D) EDUCACIÓN:
-Informe sobre las quejas recibidas en materia de educación, especialmente en cuanto a la elección por los padres de los centros docentes.
-Informe sobre la incidencia de la nueva normativa educativa en la admisión de alumnos inmigrantes en los centros docentes y medidas para evitar discriminaciones en el ingreso.
-Informe sobre las medidas aplicadas en los centros educativos para evitar el acoso escolar.
E) URBANISMO, VIVIENDA Y MEDIO AMBIENTE
-Informe sobre las quejas en materia de vivienda. Propuestas posibles y otras medidas posibles para garantizar el derecho al disfrute de una vivienda digna y adecuada desde una política social de vivienda.
- Informe sobre los las condiciones básicas del ejercicio de los derechos y deberes urbanísticos y su consideración por la legislación foral de Navarra.
-Informe sobre la técnica del silencio administrativo en cuanto al planeamiento municipal general. Ya se ha redactado un primer borrador y se ha remitido al Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio para que formule sus observaciones.
F) FUNCIÓN PÚBLICA:
-Informe sobre el grado de incorporación por la legislación foral en materia de función pública de los derechos y deberes esenciales que reconoce la legislación básica a los funcionarios, tras la aprobación del Estatuto básico de empleo público.
G) DERECHOS LINGÜÍSTICOS:
-Informe sobre los derechos lingüísticos derivados de la Ley Foral del Vascuence (relaciones por escrito, rotulaciones, valoración de méritos?), campos en los que se han presentado quejas en estos años. Un informe pensado desde los objetivos perseguidos por la Ley Foral del Vascuence y los derechos de los ciudadanos a recibir información en esta lengua propia de Navarra como un servicio público más.
H) SEGURIDAD CIUDADANA:
-Informe sobre el grado de cumplimiento por las Administraciones de medidas que garanticen el respeto de los derechos fundamentales de las personas detenidas en comisarias de la Policía Foral de Navarra o de las Policías Locales de Navarra, en línea con el convenio para la prevención del riesgo de malos tratos.
I) MEJORA DEL NIVEL DE PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EN LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
-Informe sobre la posibilidad de extender con carácter general la acción pública a diversas materias del ordenamiento jurídico-administrativo.
-Informe sobre la agilización de los procedimientos de otorgamiento de licencias de las entidades locales.
-Informe sobre el grado de aplicación de las Cartas de Servicios por las Administraciones Públicas de Navarra.
-Informe sobre la protección de los datos personales en las Administraciones Públicas de Navarra.
Para la realización de estos informes se contaría, si no es posible emplear los medios propios por estar centrados en la resolución de quejas y en la atención de consultas sobre derechos, con catedráticos y profesores titulares de las Universidades radicadas en Navarra.
V.SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y REFORMA DE LA INSTITUCIÓN.
24.Se pretende llevar a cabo una revisión del actual Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Institución para simplificar algunos de sus contenidos, más propios de otras instituciones pluriprovinciales o complejas e introducir algunas mejoras que se han podido observar con el paso del tiempo, como la suplencia del propio titular de la Institución a efectos de la actividad interna.
25.La Ley Foral 4/2000, de 3 de julio, del Defensor del Pueblo de la Comunidad Foral de Navarra, prevé, en su disposición adicional tercera, la posibilidad de que, una vez transcurridos cinco años desde su entrada en vigor, el propio titular de la Institución proponga al Parlamento de Navarra, mediante un informe razonado, aquellas modificaciones que entienda deban realizarse en la misma.
El transcurso de siete años y el funcionamiento y consolidación de la Institución aconsejan estudiar algunas posibles modificaciones en cuanto a su organización y funcionamiento. De verse necesaria, transcurrido un tiempo prudencial, se presentaría ante la Comisión de Régimen Foral el oportuno informe que propusiera las reformas necesarias.
VI. RELACIONES CON OTRAS INSTITUCIONES.
26.Es propósito de la Institución mantener y, si fuera necesario, mejorar las relaciones institucionales con las Administraciones Públicas de Navarra, especialmente con la Administración de la Comunidad Foral de Navarra a través del Consejero de Relaciones Institucionales y con los municipios (en especial, con los de Pamplona y Tudela, por ser los de mayor población, sin que la mención concreta a estos suponga, en ningún caso, posposición de los demás, que gozan de igual posición institucional). En este sentido es de agradecer el paso dado por el Ayuntamiento de Pamplona al designar un concejal delegado para asuntos relacionados con la Institución que dirijo, que facilita de forma esencial la relación entre ambas instituciones.
27.Para mejorar esas relaciones, de cara a agilizar la tramitación de las investigaciones, se están manteniendo conversaciones con el Gobierno de Navarra y, en un grado más primario, con el Ayuntamiento de Pamplona, para suscribir un convenio de colaboración que permita la comunicación electrónica entre instituciones.
28.Igualmente, es propósito de la Institución mantener y mejorar, sin por ello condicionar su autonomía, pero compartiendo experiencias y problemáticas comunes, muchas de ellas similares, y coordinando criterios, con el Defensor del Pueblo designado por las Cortes Generales, como no puede ser de otra forma, y con las instituciones parlamentarias de las Comunidades Autónomas y de otros países con funciones análogas a la suya, bien de forma bilateral, bien en los foros de participación multilateral (Jornadas de Coordinación de Defensores autonómicos, como la habida recientemente en Barcelona, Red Europea de Defensores del Pueblo, Federación Iberoamericana de Ombudsman).
29.Por último, es intención mantener los actuales convenios de colaboración suscritos con la Universidad Pública de Navarra y con la Universidad de Navarra, en particular los relacionados con la formación de becarios (en estos momentos, son tres los becarios que se encuentran colaborando en la Institución, fundamentalmente en el área de información al ciudadano, uno de ellos para las relaciones verbales en euskera con los ciudadanos) y la realización de actos de interés común a todas estas instituciones relacionados con los derechos de los ciudadanos.

