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Derecho de acceso a la información ambiental
Al Departamento de Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Administración Local
EXP. 14/996
En relación con la falta de contestación a la solicitud del promotor de la queja de información ambiental relativa al proyecto EFA 121/09 LINDUS:
- Recordar al Departamento el deber legal de resolver expresamente sobre las solicitudes que le presenten los ciudadanos y, en particular, de contestar a la instancia del promotor de la queja.
EXP. 15/462
En relación con la falta de contestación adecuada a una solicitud de información ambiental sobre la captura de castores en la Comunidad Foral de Navarra desde el año 2008, formulada por la autora de la queja:
- Recordar al Departamento (legislatura 2015-2019) su deber legal de resolver expresamente y en plazo las solicitudes de información ambiental que presenten los ciudadanos, y recomendarle que, en estae caso concreto, complete la respuesta dada a la solicitante de la información relativa a la captura de castores en la Comunidad Foral de Navarra desde el año 2008.
EXP. 14/917
En relación con la falta de contestación a las peticiones realizadas por escrito por el promotor de la queja:
- Recordar al Ayuntamiento el deber legal de resolver expresamente las solicitudes que le presenten los ciudadanos, y de notificar las decisiones adoptadas, incluidas las referidas en la queja.